Redacción
Juan Sebastián Sosa
Colombia tendrá segunda vuelta presidencial el domingo 21 de junio, cuando Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda se enfrenten por la Presidencia de la República para el periodo 2026-2030.
Con más de 41,4 millones de colombianos habilitados para votar en las más de 122 mesas mesas de votación habilitadas en el territorio nacional y en el exterior, el escenario apunta a una contienda cerrada entre dos candidatos que en la primera vuelta sumaron entre los dos casi el 85 % de los votos.
En ese contexto de alta polarización, surge una pregunta que muchos colombianos se hacen: ¿qué pasaría si los dos candidatos terminan con exactamente el mismo número de votos? Aunque se trata de una posibilidad extremadamente remota dado el volumen de participantes, la legislación colombiana sí tiene una respuesta clara para ese escenario, y está consignada en una norma que data de hace casi cuatro décadas.

¿Qué dice la ley colombiana sobre un empate en la segunda vuelta presidencial?
El mecanismo legal para resolver un empate en una elección presidencial está establecido en el Decreto 2241 de 1986, conocido como el Código Electoral. Su artículo 183 define el procedimiento que debe seguirse en caso de que dos o más candidatos obtengan exactamente la misma cantidad de votos válidos.
La norma es directa: si se presenta una igualdad absoluta en la votación, la elección debe definirse mediante un sorteo. Para ello, se introducen en una urna papeletas con los nombres de los candidatos empatados, y una persona designada por la corporación escrutadora extrae una de ellas. El nombre que aparezca en la papeleta seleccionada será declarado ganador de la elección.
El proceso debe activarse una vez que el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la comisión escrutadora certifiquen de manera oficial la igualdad exacta en la cantidad de sufragios válidos. Solo tras esa certificación oficial se procede a realizar el acto público del sorteo.
En la práctica, el mecanismo consiste en introducir dos balotas en una urna, cada una marcada con el nombre de uno de los candidatos en contienda. La balota que sea extraída de la urna dictaminará quién será el nuevo presidente de la República para el periodo constitucional 2026-2030.
Expertos electorales coinciden en que la posibilidad de un empate exacto en una elección presidencial es casi nula, especialmente cuando participan millones de ciudadanos. La magnitud del universo de votantes hace matemáticamente improbable que dos candidatos terminen con un número idéntico de sufragios válidos.

¿Qué es el “empate técnico” y por qué no tiene validez jurídica en Colombia?
En el ámbito político y en los análisis de encuestas, es frecuente escuchar el término “empate técnico” para describir una situación en la que la diferencia entre dos candidatos se encuentra dentro del margen de error estadístico. Sin embargo, ese concepto no tiene ninguna validez jurídica en el marco legal de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Para la ley colombiana, el único empate que activa el mecanismo del sorteo es el que resulta de una igualdad absoluta y verificable en el número de votos válidos depositados a favor de cada candidato. Cualquier diferencia, por mínima que sea, determina un ganador sin necesidad de recurrir al procedimiento del Código Electoral.
Esta distinción es importante porque, en campañas con encuestas muy parejas, la idea del “empate técnico” puede generar confusión entre los ciudadanos sobre los pasos que seguirían las autoridades electorales. En términos jurídicos, mientras haya, aunque sea un voto de diferencia, hay un ganador claro.
El hecho de que la norma que regula este escenario tenga casi cuatro décadas de vigencia refleja que el legislador colombiano previó situaciones excepcionales desde el diseño del sistema electoral. Aunque el artículo 183 del Código Electoral nunca ha tenido que aplicarse en una elección presidencial, su existencia garantiza que el país cuenta con un protocolo definido para cualquier contingencia.
¿Cómo llegan De la Espriella y Cepeda a la segunda vuelta del 21 de junio?
Con el 100 % de las mesas informadas en la primera vuelta del 31 de mayo, Abelardo de la Espriella se impuso como el candidato más votado con 10 millones 361 mil 499 sufragios, equivalentes al 43,74 % del total. Iván Cepeda quedó en segundo lugar con 9 millones 688 mil 361 votos, el 40,90 %, una diferencia de poco menos de tres puntos porcentuales que define al favorito según las cifras, pero no cierra la contienda.
La participación en la primera vuelta fue del 57,9 %, la más alta registrada en Colombia en lo que va del siglo XXI. De los más de 41,4 millones de ciudadanos habilitados para votar en la segunda vuelta, 21,2 millones son mujeres y 20,1 millones son hombres, lo que convierte al electorado femenino en el grupo mayoritario con capacidad de definir el resultado.
Ambos candidatos llegan a la segunda vuelta con retos distintos. De la Espriella parte con ventaja en número de votos, pero enfrenta el desafío de atraer al electorado de centro que apoyó a Paloma Valencia y Sergio Fajardo en la primera vuelta. Cepeda, por su parte, necesita ampliar su base más allá del voto duro del Pacto Histórico para revertir la diferencia que lo separa del favorito.
El domingo 21 de junio, Colombia elegirá al presidente que gobernará el país entre 2026 y 2030, y aunque la posibilidad de un empate exacto es casi inexistente, saber que el sistema tiene respuestas para ese escenario es parte de la solidez institucional que respalda el proceso electoral colombiano.
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