Redacción
Angélica González
El Gobierno nacional avanza en la reglamentación de los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (Velpu), como patinetas y scooters eléctricos, para ordenar un sector que, según el Ministerio de Transporte, ha crecido con “mucho desorden” y mejorar la seguridad vial en las ciudades.
Qué son los Velpu y por qué se están regulando
El Ministerio de Transporte trabaja en la reglamentación de los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (Velpu), categoría que incluye patinetas y otros dispositivos eléctricos usados para desplazamientos cortos. La norma desarrolla la Ley 2486, aprobada el año pasado, y busca responder a la preocupación por la seguridad vial tras siniestros recientes que han cobrado vidas en ciudades como Bogotá.
Según la ministra María Fernanda Rojas, este tipo de vehículos ha crecido “con mucho desorden”, por lo que se requiere una regulación clara para proteger a usuarios, peatones y demás actores de la vía.
Equipamiento obligatorio: seguridad como prioridad
Para garantizar la seguridad de quienes usan Velpu, el Ministerio ha establecido requisitos técnicos mínimos. Los dispositivos:
- Deben tener frenos en buen estado.
- Deben contar con luz blanca delantera.
- Deben tener luz roja trasera.
Estos elementos se consideran esenciales para asegurar visibilidad y capacidad de respuesta en la vía, especialmente en horarios nocturnos o de baja iluminación.
Casco certificado y prenda retrorreflectiva
La protección personal es uno de los puntos más relevantes de la reglamentación. La ministra Rojas fue enfática en que los usuarios deben usar:
- Un casco certificado, con especificaciones técnicas definidas por el Ministerio de Transporte.
- Una prenda retrorreflectiva que aumente la visibilidad.
Por ahora, se exigen cascos de moto, ya que son los únicos certificados en el país que ofrecen la protección adecuada frente a las velocidades y potencia de estos vehículos.
Dónde pueden transitar los Velpu
La normativa también define con claridad los espacios en los que estos vehículos no pueden circular:
- Por andenes y demás infraestructura peatonal está prohibido el tránsito.
- No pueden usar túneles, viaductos, vías férreas ni corredores donde la velocidad máxima supere los 80 km/h.
- En la cicloinfraestructura, el límite nacional de velocidad se fija en 25 km/h. Sin embargo, las alcaldías tendrán autonomía para reducir ese límite en ciclorrutas si lo consideran necesario, adaptándolo a las condiciones locales.
Identificación sin placa y sanciones
A diferencia de las motocicletas, la Ley 2486 prohíbe exigir placa o matrícula para los Velpu. Para facilitar el control, se creó un “adminículo” en forma de lámina que debe instalar el vendedor y que debe incluir:
- Velocidad máxima del vehículo.
- Número de serie.
- Potencia.
Esta información permite a las autoridades hacer seguimiento en casos de robo o infracciones. Quienes incumplan la normativa se enfrentarán a las sanciones de tránsito vigentes, incluida la posible retención del vehículo.
La ministra advirtió que las multas pueden llegar hasta seis salarios mínimos diarios vigentes, dependiendo de la gravedad de la infracción, y el control estará en manos de los organismos de tránsito locales, encargados de verificar que estos vehículos respeten los límites de velocidad y cuenten con todo el equipo de protección reglamentario.
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